Trabajadores de empresas privadas con menos de 250 empleados (cerca del 70% de toda la población ocupada)
Los contratos 'simplificados' pueden proporcionar motivos adicionales para el despido. El miembro del sindicato puede ser despedido por tales motivos sin el consentimiento del sindicato. El empleador tiene derecho a despedir al trabajador sin motivo y sin previo aviso (a voluntad), pero con el pago de una indemnización (no inferior a la mitad del salario mínimo)
Introducción de un régimen contractual especial para las pequeñas y medianas empresas (hasta 250 empleados), a saber, la posibilidad de celebrar un contrato de trabajo "simplificado". Las partes podrán ponerse de acuerdo sobre algunas cuestiones de tiempo de trabajo (por ejemplo, motivos adicionales para horas extras)
Nº 2434 (conocida como propuesta 5371) 19.07.2022